El Ministerio de Obras Públicas oficializó el nuevo registro de mantenimiento de subsidios en las tarifas de agua para los usuarios de Agua y Saneamientos Argentinos (AySA) que quieran quedar exceptuados de la quita o reducción gradual del beneficio a partir del 1 de noviembre. A su vez, presentó una opción para que las personas arrepentidas que, entre otros motivos, deseen acceder a la compra de dólares -tras la disposición del Banco Central-, puedan renunciar a la solicitud.
El registro para mantener los subsidios en la tarifa del agua se encuentra vía online (INGRESAR ACÁ) En tanto, los usuarios mayores de edad o los que no tengan acceso a Internet podrán llenar la solicitud en las sucursales de AySA en forma presencial.
Por otro lado, en el mismo sitio web se encuentra habilitada la "Solicitud de renuncia al subsidio en la tarifa de agua y cloacas" de clientes de AySA.
Cómo renunciar al subsidio en la tarifa del agua
Para dar de baja la solicitud para conservar los subsidios en la tarifa del agua presentada ante la empresa de AySA, los usuarios tendrán que ingresar a la página web del Gobierno y completar los datos personales y de contactos solicitados. Antes, deberán aceptar que la información declarada tiene carácter de declaración jurada.
El formulario le pedirá el número de servicio y suministro del servicio, nombre y apellido completos, datos del DNI, número de CUIL, un teléfono celular y un correo electrónico.
Cómo mantener los subsidios en la tarifa del agua
De acuerdo con lo publicado en la resolución del Boletín Oficial, los hogares que pueden solicitar el mantenimiento de los subsidios en la tarifa del agua son los que "justifiquen y acrediten mediante declaración jurada no estar en condiciones de afrontar los importes tarifarios resultantes de una reducción del subsidio aplicado". En tanto, describe cuáles son los requisitos fundamentales para pedir el beneficio:
- Ingresos menores a $239.514 (dos canastas básica total para un hogar tipo 2 según INDEC)
- Algún integrante del hogar posee Certificado de Vivienda (ReNaBaP)
- El hogar se encuentra en un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM
- Al menos un o una integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
- Al menos un o una integrante posea CUD (certificado único de discapacidad) y tengan un ingreso total menor a un valor equivalente a $359.271 (tres canastas básica total para un hogar tipo 2 según INDEC)
En todos los casos, no podrán solicitarlo aquellos usuarios en cuyos hogares residan integrantes sean propietarios o propietarias de dos o más inmuebles, o sean dueños de un vehículo de hasta tres años de antigüedad, a exepción de los hogares donde exista al menos un o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Quienes cumplan con esas condiciones deberán ingresar al portal web oficial, tener a mano el número de servicio y/o suministro del servicio de su hogar, y aceptar que la información declarada tiene carácter de declaración jurada.
En tanto, una vez adentro, el formulario le solicitará a los usuarios los datos personales del solicitante y su contacto y los datos socioeconómicos y del grupo familiar.