Adelantarán las subas en el Salario Mínimo, Vital y Móvil

A partir del 1° de junio pasará a ser de $45.540. "La recuperación del salario es una prioridad y constituye una condición necesaria para que la economía sostenga la reactivación en marcha”, aseguraron desde Nación.

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El Gobierno Nacional oficializó la decisión de adelantar la vigencia del aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que pasará a ser a partir del 1° de junio de $45.540 pesos. La medida, fue publicada en el Boletín Oficial a través de una resolución del Ministerio de Trabajo.

De acuerdo a lo resuelto, los montos serán, a partir del 1° de junio, de $45.540 para trabajadores mensualizados y $227.70 el valor de la hora para trabajadores jornalizados.

A partir del 1° de agosto, en tanto, el salario mínimo, vital y móvil será de $47.850 para trabajadores mensualizados y $239.30 el valor de la hora para trabajadores jornalizados.

Por su parte, los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo quedarán en $12.650 y $21.083, respectivamente, a partir del 1° de junio; y $13.292 y $22.153 a partir del 1° de agosto, según la medida firmada por el ministro Claudio Moroni.

El jueves último, un grupo de diputados nacionales del Frente de Todos (FdT) encabezados por Máximo Kirchner había presentado un proyecto de resolución que proponía adelantar a julio la totalidad de los aumentos del SMVM pautados para 2022.

En los considerandos de la disposición publicada, el Gobierno remarcó que "la recuperación del salario es una prioridad y constituye una condición necesaria para que la economía sostenga la reactivación en marcha" y "para ello deben generarse todos los instrumentos necesarios para que el ingreso de los trabajadores y las trabajadoras crezca en términos reales".

Al argumentar el adelantamiento del aumento del SMVM para el mes de junio, indicó que "la dificultad de convocar con carácter urgente al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, obliga el dictado de una medida hasta tanto se reúna nuevamente dicho órgano".

"Es en esa inteligencia que corresponde variar sobre uno de los elementos contenidos en el acuerdo arribado entre las partes, anticipando los plazos fijados, de modo que ellos acompañen el proceso de reactivación en marcha", agregó en ese sentido y remarcó que "forma parte de la manda constitucional de asegurar el bienestar general, el acceso de los trabajadores y las trabajadoras a un trabajo digno y a una retribución acorde".

Finalmente, concluyó que "el derecho al trabajo es la base para la realización de otros derechos humanos y para una vida en dignidad, siendo el salario su consecuencia.