La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la modificación de la carga impositiva para las compras en moneda extranjera a crédito y los gastos con tarjeta en el exterior, de lo que resultará una cotización del denominado "dólar tarjeta" de $1.280, con un 60% de recargo sobre la cotización oficial de $800.
La modificación se instrumentó a través de dos resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, con la particularidad de estar suscriptas por el director general de Aduanas, Guillermo Michel, transitoriamente a cargo del organismo recaudador hasta que se formalice la designación de Florencia Misrahi.
De esta forma la carga impositiva total sobre este tipo de operaciones se redujo del 155% al 60%, a modo de compensación ante el incremento de la cotización del dólar oficial.
Ahora, en vez de calcular un 155% sobre los $400 que hasta ayer cotizaba el dólar oficial, se debe sumar un 60% a los $ 800 a los que abrirá la divisa del Banco Nación este miércoles. Esto deja un dólar tarjeta a $1280, una suba de $259 respecto a los $1021 al que esta divisa cotizaba hasta ayer martes.
Además, una de las resoluciones determinó que la alícuota de percepción del impuesto a las Ganancias aplicable sobre las operaciones en moneda extranjera será del 30%. Por su parte, en el otro documento se fijó una alícuota del impuesto PAIS del 28,5% o del 16,625% según el tipo de operación.
Esta nueva percepción del 60% sobre el oficial se aplicará en las siguientes operaciones:
- Compra de dólar Ahorro.
- Pagos con pesos de los consumos de las tarjetas de crédito, de compra y de débito realizados en moneda extranjera sin importar el monto mensual.
- Pagos con pesos de servicios en el exterior contratados por agencias de viajes y turismo del país.
- Pagos con pesos de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática con destino fuera del país, excepto el caso de transporte terrestre de pasajeros a países limítrofes.
- Pago con pesos de importación de determinados productos suntuarios.