domingo, octubre 4, 2026
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La Cámara Electoral rechazó reimprimir la boleta de La Libertad Avanza en la provincia Buenos Aires

La Cámara Nacional Electoral consideró inviable el pedido para actualizar la Boleta Única Papel tras la renuncia de José Luis Espert por el narcoescándalo. La decisión se basó en razones logísticas y de plazos, a pocos días de las elecciones generales del 26 de octubre.

La Cámara Nacional Electoral resolvió que no corresponde hacer lugar al pedido de la alianza La Libertad Avanza (LLA) para reimprimir la Boleta Única Papel (BUP) en la provincia de Buenos Aires, luego de que tres de sus candidatos a diputados nacionales renunciaran a sus postulaciones.

Entre las renuncias se encuentra la de José Luis Espert, reemplazado internamente por Diego Santilli. Sin embargo, este cambio no se verá reflejado en las boletas que estarán disponibles para el electorado, ya que la Justicia consideró que no hay condiciones materiales ni de tiempo para realizar una nueva impresión.

El conflicto se inició tras la solicitud de los apoderados de LLA para actualizar la grilla de candidatos, con el argumento de “garantizar la transparencia y el derecho del electorado a elegir informadamente”. La Junta Electoral Nacional del distrito Buenos Aires rechazó la petición, basándose en informes técnicos que indicaban que la reimpresión pondría en riesgo la organización del proceso electoral.

La decisión fue apelada por la alianza, que atribuyó la imposibilidad de realizar los cambios a una supuesta demora en la respuesta del órgano electoral. No obstante, tanto el fiscal como el tribunal coincidieron en que los plazos legales y operativos ya no permitían implementar una modificación de este tipo.

Según la información oficial, el 8 de octubre ya se había completado la recepción de los 38.760 talonarios de boletas a utilizar en las elecciones del 26 de octubre, y el control de los mismos estaba prácticamente finalizado. Además, el Correo Oficial había fijado el 16 de octubre como fecha límite para comenzar la distribución del material electoral. La impresión de nuevas boletas requería al menos cinco días, por lo que el plazo máximo venció el 10 de octubre, antes de que la causa llegara a la Cámara.

El tribunal sostuvo que, en este contexto, la solicitud había perdido virtualidad y que no era posible dictar una sentencia que ordenara una reimpresión sin comprometer la certeza y regularidad del proceso electoral. También recordó que, en materia electoral, es fundamental resolver los conflictos con rapidez para no afectar el normal desarrollo institucional.

En su resolución, la Cámara remarcó que los apelantes no refutaron los plazos técnicos ni ofrecieron alternativas para garantizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos. Por ello, concluyó que el pedido había devenido abstracto y carecía de interés jurídico actual.

La decisión fue comunicada al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.