viernes, octubre 16, 2026
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La justicia frenó un desarrollo inmobiliario en el barrio La Bota de Benavídez dando lugar a un amparo presentado por los vecinos

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°2 de San Isidro dio lugar a una medida cautelar y suspendió las obras en un predio de La Bota alegando falta de estudios ambientales y participación ciudadana.

la bota benavidez tigre

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°2 de San Isidro dictó una medida cautelar que ordena la suspensión inmediata de todo tipo de obra, movimiento de suelo y tala en el predio ubicado en la calle Chubut 346, esquina La Bota, en la localidad de Benavídez, partido de Tigre. La resolución se dictó en el marco de una acción de amparo ambiental iniciada por veinte vecinos del barrio La Bota, quines forman parte de un grupo que desde hace meses vienen organizándose y movilizándose en defensa del entorno natural del barrio.

El fallo, firmado el 7 de octubre por el juez Marcelo Mauro Gradín, dispone que las empresas Grupo Simetris S.A., RE/MAX Platino II y Tizado Propiedades S.A., junto al Municipio de Tigre, deben cesar de inmediato cualquier tipo de actividad en el predio hasta que haya una sentencia definitiva.

La decisión judicial se fundamenta en dos ejes centrales: la ausencia de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y la falta de instancia de participación ciudadana previa, ambos requisitos exigidos por la Ley General del Ambiente N° 25.675, la Ley Provincial N° 11.723 y la Constitución Nacional (artículo 41).

El proyecto inmobiliario preveía la construcción de 48 unidades funcionales y 70 cocheras, con subsuelo, planta baja y cuatro pisos, alcanzando una altura máxima de 12 metros, según consta en el informe presentado por la propia Municipalidad de Tigre citado en el fallo al que pudo acceder QUEPASA. El emprendimiento se ubica en una zona clasificada como R1, destinada a uso residencial unifamiliar y de baja densidad, conforme a la Ordenanza de Zonificación N° 1894/96.

Los vecinos sostienen que el emprendimiento viola esa normativa y que su ejecución hubiera modificado de forma permanente la fisonomía del barrio, además de afectar la infraestructura y los servicios. Advirtieron que el complejo implicaría la circulación de centenares de vehículos en calles sin veredas ni desagües adecuados, y que se trata de un área con riesgo hídrico alto y anegamientos frecuentes.

En su presentación, el grupo de vecinos denunció además que el predio ya había sido objeto de desmonte y tala de árboles de más de 60 años, lo que, según el fallo, constituye “un daño grave e irreversible al ecosistema local”. El juez Gradín, tras una inspección ocular realizada el 7 de octubre, constató que el terreno se encontraba baldío, con alambrado perimetral y signos de tala de ejemplares de gran porte.

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El magistrado aplicó los principios preventivo y precautorio previstos por la legislación ambiental, y subrayó que “la ausencia del procedimiento de evaluación ambiental constituye por sí misma un riesgo concreto”, recordando que el daño ambiental es, en la mayoría de los casos, irreversible.

Por su parte, el Municipio de Tigre, a través de su apoderada Dra. Patricia Dangelis, presentó un informe en el que sostuvo que el proyecto “no requería excepciones normativas” y que contaba con viabilidad urbanística otorgada en 2023. En el mismo escrito, reconoció que el permiso de obra emitido en mayo de 2024 había caducado en agosto de 2025, y que para reiniciar la construcción sería necesario tramitar un nuevo permiso.

Pero para dar lugar a la acción que suspende el avance del emprendimiento, el juez consideró que el planteo de los vecinos “se asienta sobre dos pilares que, en esta instancia, aparentan una sólida apoyatura jurídica: la ausencia de un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) previo y, como consecuencia ineludible, la omisión de la instancia de participación ciudadana.”

En su resolución, Gradín destacó que la suspensión del proyecto no afecta el interés público, sino que lo protege, ya que “el verdadero interés público reside en el cumplimiento de la legalidad y en la preservación del patrimonio ambiental colectivo”. Agregó que “el desarrollo urbano debe ser sostenible, y no puede concebirse en detrimento de los límites ecológicos ni de los derechos de las generaciones futuras”.

El conflicto en La Bota se enmarca en una creciente debate que cuestiona la expansión de emprendimientos de alta densidad y torres en áreas residenciales del partido de Tigre, donde el intendente Julio Zamora suspendió por 90 días la aprobación de proyectos de construcciones en altura mayores a 8 pisos. En particular, el barrio La Bota de la localidad de Benavidez, en el límite con la localidad de Maschwitz (Escobar) es conocido por su entorno natural, con una añosa arboleda. Por esto, vecinos vienen realizando asambleas, marchas para denunciar lo que consideran una amenaza a la calidad de vida y al equilibrio ambiental de la zona.

La medida cautelar frena este emprendimiento de la calle Chubut al 300 hasta que el Juzgado dicte sentencia definitiva.

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