La justicia suspendió las obras del emprendimiento Naudir Delta en Escobar

El Juzgado Civil N°2 del Departamento Judicial Zárate-Campana hizo lugar a una medida cautelar presentada por una asamblea de ambientalistas para que detengan los trabajos que se realizan en la zona conocida como La Cañada, que se llevan adelante desde 2015, para la construcción de un barrio privado.

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En las últimas horas, la justicia definió la suspensión de la construcción del emprendimiento privado Naudir Delta en el partido de Escobar, haciendo lugar a una medida cautelar presentada por una organización de ambientalistas que reclaman que las obras tienen un grave impacto en el medioambiente.

El Juzgado Civil y Comercial N°2 del Departamento Judicial de Zárate - Campana determinó mediante una resolución "la suspensión de todo tipo de obra, construcción inmobiliaria, desmonte, excavaciones, cavas, movimientos de suelos, y/o cualquier clase de acción desarrollada para el emplazamiento del emprendimiento inmobiliario", según indica el texto de la decisión judicial.

Esto, ante el pedido de la Organización de Ambientalistas Autoconvocados de que se detengan los trabajos en 180 hectáreas de superficie que, según indican "se encuentran sobre los humedales continentales del partido de Escobar, y linderas a la única área natural protegida del distrito, la Reserva Ambiental La Cañada".

La suspensión de las obras, de acuerdo a lo que indica la resolución judicial, se da "hasta tanto se acredite por ante la autoridad competente el cumplimiento de los condicionamientos, requisitos y recomendaciones establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental Res. 418/12 del OPDS".

Además, el juzgado determinó decretar un "embargo preventivo sin monto" hasta que "se acredite la obtención de un seguro de impacto ambiental".

Desde el Municipio, indicaron que fueron anoticiados de la medida cautelar y aclararon que la comuna "no es parte" de la causa. Además, afirmaron que "ante la denuncia realizada por asociaciones ambientalistas al desarrollo, el Municipio aportó, cuando le fue solicitada, toda la información y documentación disponible al respecto sobre el emprendimiento en cuestión, aclarando que la convalidación y autorización para la realización del proyecto urbanístico corresponde esencialmente a los organismos provinciales".

Por su parte, la Organización de Ambientalistas Autoconvocados emitió un comunicado tras el fallo. "Dentro de los argumentos que utilizó como basamento el juez, se destacan el principio pro agua y pro natura, según el cual, en caso de duda sobre un posible daño a la naturaleza o al recurso hídrico, se debe fallar a favor de su protección", explicaron.

"La clausura en sí misma es una buena noticia y demuestra claramente el sustento de nuestras denuncias", expresaron en relación a la obra que se desarrolla desde 2015 en la zona lindera a La Cañada y sostuvieron que, si bien el fallo fue favorable, "solo exige a la empresa cumplir con condicionamientos menores como requisito para levantar la clausura, sin atender a las graves irregularidades e ilegalidades denunciadas, tales como la comprobada adulteración de la habilitación ambiental, así como la absoluta falta de proceso ambiental en regla, entre otras muchas que no han sido debidamente atendidas".