El Gobierno de la provincia de Buenos Aires estableció un nuevo régimen para regular el uso y la tenencia de los inmuebles de dominio público ubicados en las islas del delta bonaerense, incluida la Isla Martín García.
La medida fue dispuesta mediante el Decreto N° 1.517/2026, promulgado por el gobernador Axel Kicillof el 9 de septiembre y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el pasado 16 de septiembre.
El nuevo esquema permitirá a la administración bonaerense otorgar permisos de uso y tenencia precaria sobre esos inmuebles por un período determinado y para un destino específico. Al mismo tiempo, establece condiciones y prohibiciones que deberán respetar quienes reciban las autorizaciones.
El objetivo del régimen, explicaron desde el gobierno bonaerense, es "ordenar, regularizar, preservar y controlar el uso de las tierras insulares bajo criterios de interés general, eficiencia administrativa y sustentabilidad ambiental". Para eso, estableció un marco jurídico que contempla el destino de los inmuebles, los plazos de utilización, su conservación, los mecanismos de control, el pago de un canon, la extinción de los permisos y la posterior restitución de los bienes.
Uno de los puntos contemplados por la normativa es la regularización de situaciones de ocupación de hecho existentes en las islas. Ese proceso no modificará la titularidad estatal de los inmuebles ni su condición de bienes pertenecientes al dominio público.
El régimen incorpora además criterios de gestión territorial y ambiental. Los usos que autorice la Provincia deberán ser compatibles con la sustentabilidad del sistema isleño, la protección de los humedales y la preservación de la biodiversidad.
Cómo serán los permisos para utilizar las islas
Las autorizaciones que conceda la administración provincial tendrán carácter precario. Esto significa que permitirán utilizar los inmuebles durante un plazo determinado y exclusivamente para el destino autorizado, bajo las condiciones que establezca la Provincia. Además, los permisos podrán ser revocados por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, sin que esa decisión genere para el permisionario un derecho a recibir indemnización o compensación.
De esta manera, el nuevo mecanismo no supone la venta ni la transferencia de la propiedad de las tierras. Las islas continuarán perteneciendo al dominio público estatal y la Provincia concederá únicamente permisos para determinados usos.
Entre los fundamentos del nuevo ordenamiento aparece precisamente el cambio producido en el marco jurídico nacional respecto de estos territorios. Según se explica en la normativa, los antiguos regímenes que contemplaban la venta o colonización de islas ya no resultan compatibles con la legislación vigente.
El Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde 2015, estableció que las islas pertenecen al dominio público del Estado y están destinadas a una finalidad pública. Debido a esa condición, son bienes inalienables e imprescriptibles y, por lo tanto, no pueden ser vendidos.
Qué usos contempla la nueva norma y cuáles prohíbe
El anexo enumera entre los usos posibles de bajo impacto la ganadería isleña extensiva controlada, la silvicultura sustentable, la producción agroecológica y apícola, el aprovechamiento forestal racional, el ecoturismo, determinadas actividades vinculadas al transporte y los recursos isleños, la vivienda familiar de residencia permanente y la conservación e investigación ambiental. Son categorías sujetas a las condiciones del permiso y a la normativa aplicable: no constituyen una autorización automática.
Entre los usos prohibidos figuran la agricultura intensiva de monocultivos, las industrias contaminantes, los feedlots, los desarrollos inmobiliarios de mediana y gran escala y las urbanizaciones cerradas. También prohíbe la extracción minera de materiales como arena y pedregullo, salvo que exista un permiso de la autoridad minera provincial. Ambas enumeraciones son enunciativas, no taxativas: el anexo permite evaluar otros destinos propuestos.
Crean un nuevo registro de las islas bonaerenses
El Decreto N° 1.517/2026 también dispone la creación del Registro de Islas Bonaerenses de Dominio Público, que funcionará dentro de la estructura existente de la Subsecretaría de Asuntos Territoriales del Ministerio de Gobierno provincial. El registro tendrá como función centralizar la información correspondiente a los inmuebles insulares de dominio público y a los permisos que se otorguen sobre ellos. De esta forma, será utilizado como una herramienta para el relevamiento, la planificación y el control de esos territorios.
La nueva herramienta reemplazará al Registro de Bienes de Dominio Público del Delta, creado en 2020. Una de las diferencias es que el nuevo sistema tendrá un alcance territorial mayor, ya que incorporará también las islas bonaerenses situadas fuera del delta.
Qué falta para que se implemente el nuevo sistema
Tras la aprobación del decreto, el próximo paso estará a cargo del Ministerio de Gobierno de la provincia de Buenos Aires. La cartera deberá dictar una resolución para aprobar el procedimiento administrativo mediante el cual se tramitarán los permisos de uso y tenencia precaria previstos por el nuevo régimen.
Además, la Provincia desarrollará una Mesa de Entrada Digital destinada a realizar esas gestiones. De esta manera, quedará establecido el circuito administrativo que deberán utilizar quienes tramiten los permisos contemplados en el Decreto N° 1.517/2026.



