La causa contra el vecino de Nordelta investigado luego de ser filmado disparando contra un carpincho, podría sumar una acusación más grave. La Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires pidió que su conducta también sea analizada bajo la legislación que protege a la fauna silvestre.
La presentación fue realizada ante la UFI N°1 descentralizada de Benavídez, encabezada por el fiscal Cosme Iribarren. Según explicó el organismo conducido por Guido Lorenzino, el planteo apunta a incorporar “otra imputación, más grave, por el ataque a fauna silvestre”.
En concreto, la Defensoría solicitó que se evalúe la aplicación del artículo 25 de la Ley Nacional 22.421 de Conservación de la Fauna. A su vez, la investigación ya contempla las figuras de maltrato y crueldad animal previstas en la Ley 14.346. El artículo establece penas de entre dos meses y dos años de prisión y hasta cinco años de inhabilitación especial para quien cace animales de la fauna silvestre cuya captura o comercialización se encuentre prohibida o vedada.
En los casos agravados, la escala prevista aumenta y puede ir de cuatro meses a tres años de prisión, además de contemplar hasta diez años de inhabilitación. La Defensoría considera que el episodio ocurrido en Nordelta podría ser encuadrado dentro de esta última figura, con una eventual inhabilitación para utilizar armas de caza.
De todas maneras, desde el organismo aclararon que se trataría de un delito excarcelable, aunque consideraron que una eventual sanción “resultaría ejemplificadora”.
Uno de los puntos centrales del planteo es que no sería necesario comprobar que alguno de los disparos efectivamente hirió o mató a un carpincho para analizar el hecho bajo las normas de protección de la fauna silvestre. Para sostener esa posición, la Defensoría recurrió al Código Rural de la provincia de Buenos Aires. De acuerdo con el artículo 265 citado en la presentación, se considera acto de caza a toda técnica destinada a “buscar, perseguir, acosar, apresar o matar animales silvestres”.
En ese sentido, el organismo sostiene que la falta de constatación de un animal herido o muerto no sería suficiente por sí misma para descartar la relevancia jurídica de los disparos efectuados.
La presentación también señala que el carpincho no se encuentra entre las especies cuya caza está habilitada en territorio bonaerense y que, por ese motivo, está comprendido dentro del régimen provincial de protección de la fauna.
Por último, la Defensoría pidió evaluar específicamente el lugar donde se produjeron los disparos. El Código Rural bonaerense establece prohibiciones para la actividad de caza en áreas urbanas o suburbanas, así como en sectores habitualmente concurridos por público.
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