El Tribunal Oral Criminal N°4 de Morón condenó a la pena de siete años de prisión a David Ezequiel Garro, un hombre de 49 años domiciliado en Merlo, acusado de abusar sexualmente de una joven discapacitada en Castelar. La víctima, de 18 años, padecía discapacidad motriz, retraso madurativo, estaba postrada en su cama y usaba pañales.
El caso se remonta al 1 de enero de 2021, cuando Garro contactó a la joven a través de la plataforma Waplog, destinada a conocer personas, donde intercambiaron mensajes de contenido sexual. Ese día, el imputado llegó a la casa de la víctima, ubicada en la calle Teniente Fernández al 3100. Fue recibido por la madre de la joven, quien lo acompañó hasta la habitación de su hija, un movimiento que no despertó sospechas ya que era habitual que la visitaran amistades desconocidas por su familia.
Según el relato de la víctima, invitó a Garro para mantener relaciones sexuales, pero se arrepintió una vez en la habitación. A pesar de su negativa, Garro decidió continuar. Posteriormente, se retiró del lugar, y la joven no relató lo sucedido hasta que su madre notó irregularidades en su pañal y encontró una servilleta con sangre debajo de la cama. Fue entonces cuando se radicó la denuncia.
De acuerdo a lo que indicó Primer Plano, el juicio presentó una complejidad adicional debido al fallecimiento de la víctima y de su madre, quien había realizado la denuncia. Las declaraciones de ambas fueron incorporadas al expediente según lo que expresaron durante la instrucción a cargo de la fiscal Adriana Suárez Corripio, de la UFI N°8 de Morón. También se sumaron los testimonios de la hermana de la joven y de la psicóloga que la asistió tras el ataque, quienes indicaron: “Ella dijo que sí y luego se arrepintió, pero él decidió seguir”.
El acusado mantuvo su defensa durante todo el proceso, asegurando que la relación había sido consensuada y presentando como prueba los mensajes intercambiados con la víctima, que incluían fotos íntimas enviadas por ella. Sin embargo, los jueces Carlos Roberto Torti, Rodolfo Castañares y Juan Carlos Uboldi coincidieron con la argumentación del fiscal del juicio, Patricio Pagani, quien afirmó que “si ella dijo no, todo lo que venga después es nulo y entra en la fase del abuso. Lo acontecido aquella tarde fue un ataque a la libertad sexual de la joven”.
En un fallo unánime, el tribunal condenó a Garro a la pena de siete años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal. “Sin consentimiento, la actividad sexual, cualquiera sea el modo, es una agresión sexual”, concluyeron los magistrados. Un dato relevante del fallo es que Garro, quien había estado bajo prisión domiciliaria desde su detención, continuará cumpliendo la pena en esa modalidad, dado que respetó las pautas impuestas por el Juzgado de Garantías.