Dólar: cómo solicitar la devolución de las percepciones de 2023 a la AFIP

En caso de haber comprado dólar ahorro o haber hecho consumos en moneda extranjera, se puede pedir el reintegro del 35% si se cumplen ciertos requisitos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Dolares

Las personas que compraron dólar ahorro, solidario o tuvieron consumos en dólares en sus tarjetas durante 2023 pueden solicitar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que le devuelvan las percepciones del 35% por los adelantos de impuestos aplicados sobre esas operaciones.

Con la finalización del año calendario, las personas pueden efectuar el trámite de solicitud para obtener las devoluciones de las percepciones que se les hayan realizado bajo un código de impuesto en el que no se encuentren inscriptos. Se trata de los gastos que fueron realizadas entre enero y diciembre de 2023. Pueden realizar el trámite todas las personas no hayan sufrido retenciones en sus recibos de sueldo durante el mismo período y quienes no estén inscriptos en el impuesto.

En tanto, los empleados con retenciones de Ganancias en 2023 deberán informar las percepciones 2023 en el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias SIRADIG para que el empleador devuelva en la liquidación anual, que será en mayo de 2024. Mientras que los inscriptos en el impuesto, ya sean empleados o autónomos, pueden computar las percepciones en la declaración jurada anual a presentar en junio 2024. 

¿Quiénes pueden reclamar la devolución de las percepciones en AFIP?

  • Personas que no están registradas en el Impuesto a las Ganancias y no están obligadas a inscribirse.
  • Aquellas inscriptas en el Impuesto a las Ganancias, pero no en Bienes Personales, sólo por percepciones bajo el código 219.
  • Individuos no inscriptos en el impuesto sobre Bienes Personales y sin la obligación de inscribirse.
  • Personas inscriptas en el impuesto sobre Bienes Personales, pero no en Ganancias, específicamente por percepciones bajo el código 217.
  • Empleados en relación de dependencia que no están sujetos a retenciones de Ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
  • Empleados en relación de dependencia que podrían estar sujetos a retenciones de Impuesto a las Ganancias por parte de su empleador y les hayan aplicado la percepción bajo el código 219.

¿Cómo solicitar la devolución de una percepción?

Previo a efectuar la solicitud de devolución, las personas deben:

  • Contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
  • Informar ante la AFIP el CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada.
  • Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

Paso por paso: 

  • Ingresar a la web de AFIP, con clave fiscal nivel 2 o superior, y seleccionar “Devolución de percepciones”.
  • Dentro de “Devolución de percepciones”, se podrá ver y seleccionar las percepciones del período mensual que fueron realizadas y se encuentran informadas por el agente de percepción.