En Vicente López, se implementó una medida que restringe el consumo de tabaco en los espacios cerrados dependientes de la municipalidad, como así también en los espacios cerrados del ámbito privado con acceso al público. De acuerdo a lo que informaron acerca de la medida, estos lugares deben ser cien por ciento libres de humo e incluye a los consumidores de cigarrillos electrónicos.
Quienes trabajen o visiten algún espacio cerrado del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, entes descentralizados y autárquicos, tengan o no atención al público, del Partido de Vicente López, no podrán consumir productos elaborados con tabaco o productos que pueden identificarse con el tabaco, como por ejemplo los sistemas de vaporización electrónica, cigarrillos, cigarros, dispositivos electrónicos para fumar y sus accesorios, boquillas para fumar, pipas de agua o narguiles o cualquier otro derivado del mismo.
Esta norma también rige en lugares de trabajo en general de ámbito privado; gimnasios, espacios deportivos y culturales, establecimientos de guarda, atención e internación de niños, hogares para ancianos, espacios públicos reservados para niños, independientemente de que los mismos estén ubicados en espacios abiertos o cerrados, y aéreas donde el consumo de productos elaborados con el tabaco generen un alto riesgo de combustión por la presencia de materiales inflamables.
"El control de tabaco no pretende perseguir al fumador, sino proteger al que no fuma. Al fumador hay que ayudarlo. De hecho los espacios libres de humo incentivan a que el fumador disminuya el consumo de tabaco”, explicó el secretario de Salud de la Comuna, Fernando Tejo, y añadió que “la medida tiene como objetivo promover el desarrollo de ambientes libres de humo de tabaco en las instituciones públicas y privadas del municipio, en espacios de uso colectivo y en los hogares”.
Por otra parte, la medida establece que “queda prohibida dentro del Partido de Vicente López la venta de productos de tabaco a menores de 18 años y la publicidad, promoción y exhibición de productos elaborados con tabaco o que se identifiquen con el tabaco”, así como el uso de marcas registradas, nombres o razón social del fabricante, cualquiera fuera su medio, mensaje, contenido, finalidad o consigna.
El titular de un establecimiento que incumpliera la ordenanza será sancionado con una multa “equivalente al valor de entre 250 a 1000 paquetes de 20 cigarrillos del mayor precio del comercializado en el país”, y en caso de reincidencia dicha multa “podrá alcanzar un valor de hasta 2500 paquetes con las mismas características”.
“La adicción al tabaco es una enfermedad crónica y desde la Municipalidad de Vicente López buscan tanto concientizar a las generaciones presentes y futuras de las consecuencias producidas por el consumo de productos elaborados con tabaco y por la exposición al humo, cómo prevenir la iniciación en el tabaquismo, especialmente en la población de niños y adolescentes”, sostuvieron desde el municipio.