El organismo sostiene que la iniciativa aplicada en muchos municipios no tiene contraprestación alguna y que su cobro se debiera corresponder con la efectiva prestación de un servicio.
Además, el Tribunal manifiesta en su observación que la tasa ha sido declarada inconstitucional en sede judicial, y agrega que, al estar adherida la Provincia de Buenos Aires al Fondo Nacional de Vialidad, quedan imposibilitados los municipios a imponer tributos como esta tasa, que suma entre 10 y 40 centavos por litro de nafta o metro cúbico de GNC despachado.
De esta manera, concejales de San Martín que aprobaron la ordenanza de creación fueron observados, al igual que los mayores contribuyentes. De todas formas, existe para este municipio, reclamado puntualmente por la medida, la posibilidad de apelación, por lo que se entiende, tiene varias instancias para evitar el cobro de multas y la devolución de lo recaudado.
Esta decisión tomada por el Tribunal de Cuentas podrá sentar precedente para que otros municipios de Zona Norte, como San Isidro, Vicente López, San Fernando y Tigre, que cobran una tasa extra por el acceso al combustible en su territorio puedan tener que dejar de llevarlo a cabo.