El juez federal de Zárate-Campana, Adrián González Charvay, ordenó la suspensión temporal de la resolución del Ministerio de Economía que impedía al municipio de Pilar cobrar tasas municipales en las boletas de electricidad y gas.
La decisión se tomó tras una medida cautelar presentada por el intendente de Pilar, Federico Achával, quien argumentó que la resolución vulnera los derechos constitucionales del municipio.
El jefe comunal de Pilar señaló que la resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio “causa un daño irreparable a los derechos constitucionales del municipio”. En su presentación, destacó que Pilar tiene derecho a cobrar tasas como la de alumbrado público, que actualmente se incorpora en las facturas de Edenor, y la de Vigilancia e Inspección para el servicio de gas, incluida en las boletas de Naturgy BAN.
Achával defendió que estas tasas están amparadas por la Ley provincial 10740, que permite a los municipios recaudar fondos para servicios públicos esenciales. Según explicó, estos ingresos son fundamentales para el mantenimiento del alumbrado público y el funcionamiento de edificios municipales.
En su fallo, el juez González Charvay reconoció la verosimilitud del reclamo del municipio y el riesgo de demora en resolver el caso, motivo por el cual otorgó la cautelar. Además, afirmó que la autonomía municipal está respaldada por la Constitución Nacional y la provincia de Buenos Aires, que faculta a los municipios a dictar ordenanzas y establecer su presupuesto.
El juez advirtió que prohibir el cobro de estas tasas afectaría gravemente los servicios municipales, como el alumbrado público y las inspecciones de redes de gas, y subrayó la urgencia de tomar una decisión al respecto.
La resolución del Ministerio de Economía, firmada por el secretario de Industria y Comercio, Pablo Agustín Lavigne, establece que las boletas de servicios no pueden incluir conceptos ajenos al bien o servicio suministrado. Sin embargo, el fallo judicial suspendió su aplicación en Pilar, a la espera de una resolución definitiva sobre su constitucionalidad.
El Ministerio de Economía tiene un plazo de cinco días para justificar la medida, mientras el municipio de Pilar continúa defendiendo su derecho a recaudar tasas que considera esenciales para el funcionamiento de la ciudad.